¿Tienes una vivienda en alquiler vacacional pero no sabes cómo debes declarar los ingresos que te reporta? Lo cierto es que la declaración de este tipo de actividad depende del tipo de vivienda, de las cantidades y del periodo en el que se generan los ingresos. Si no quieres tener problemas con Hacienda, te recomendamos que sigas leyendo para conocer todo acerca de cómo declarar el alquiler de tu vivienda vacacional.
Qué es el alquiler vacacional
Para empezar, aclaremos qué es el alquiler vacacional. Hacienda considera alquiler vacacional “el arrendamiento que, recayendo sobre una edificación, tenga como destino primordial uno distinto que el de satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario; es el caso de los arrendamientos de apartamentos turísticos”.
Lo primero que debes hacer si quieres realizar un alquiler vacacional es darte de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en el epígrafe que corresponda al tipo de actividad.
No te preocupes porque en la propia oficina de Hacienda te orientarán. Sin embargo, debes saber que Hacienda distingue entre alquiler con o sin prestación de servicios de hospedaje.
El primer caso se refiere a aquellos alquileres en los que se ofrece una atención a los clientes y servicios complementarios además del propio alojamiento, como los servicios de limpieza o alimentación. Este tipo de actividad está sujeta a IVA, por lo que en tus facturas deberás pagar y detallar un IVA del 10% y declararlo de forma trimestral.
Respecto al alquiler sin prestación de servicios, es decir, aquel que se limita simplemente a ofrecer una vivienda o alojamiento vacacional, es una actividad exenta de IVA, pero sí deberás declarar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
¿Cómo declarar el alquiler de tu vivienda vacacional?
Si tienes una vivienda de uso turístico deberás declarar el rendimiento neto por el periodo en el que la has alquilado. El rendimiento neto es lo que resulta de restarle a los ingresos los gastos tales como la publicidad del alquiler, las reparaciones, el IBI, las tasas de basura y la cuota de la comunidad. Sin embargo, debes tener presente que solo podrás descontar esos gastos en proporción al periodo en el que la vivienda ha estado alquilada.
Una vez que tengas el rendimiento neto, deberás declararlos como ‘rendimientos de capital inmobiliario’ en la declaración de la renta correspondiente.
Si el inmueble alquilado se encontrara a nombre de dos personas, deberéis dividir los cálculos entre dos y hacer declaraciones separadas o, en su defecto, hacer la declaración de forma conjunta.
Por otro lado debes saber que los propietarios de viviendas de alquiler vacacional no deben presentar en su declaración el modelo 179, ya que este está destinado solamente a empresas como Airbnb o Booking, para que aporten información acerca de las viviendas que han publicado o promocionado en sus plataformas.
¿Cómo declarar el periodo en el que la vivienda no ha estado alquilada?
En este caso deberás calcular un 1,1% respecto al valor catastral del inmueble, y un 2% si la última revisión de este valor se hubiera realizado antes de 1994. Después deberás dividir ese valor entre 365 (correspondiente a los días del año) y multiplicar el resultado por los días en los que la vivienda no haya estado ocupada. El resultado que obtendrás será el rendimiento imputable para Hacienda.
¿Qué sucede si no declaras el alquiler de tu vivienda vacacional?
En los últimos años Hacienda ha reforzado el control de este tipo de alquileres. La multa por no declararlos puede ser desde el 50% hasta el 150% respecto a la cuantía no declarada, y se define en base a si la falta se considera leve, grave o muy grave.
Por lo tanto, si no quieres tener problemas con Hacienda, presta atención a todo lo que te hemos contado y comienza el proceso de declaración cuanto antes.











